WWW.ORACLE.ES

Voy a copiar textualmente un texto que en unos días seguramente desaparecerá.

Lo pueden ver (si aún existe) en Http://www.oracle.es


"
Estimados usuarios:
.................


Soy el actual y por poco tiempo, propietario del dominio ORACLE.es , y les escribo para informarles personalmente y como es justo del estado de la página.

La página web, cuya antigua propietaria era ORACLE IBERICA, dejó caducar su dominio y por el interés en el mismo, este fue comprado por mi. Esta despreocupación por el dominio no es la primera vez que pasa por parte de ésta compañía, tal y como he podido estudiar, demostrando asi su infimo interés en el mismo. Para la recuperación del mismo, se me ha demandó ante NIC.es, para que un "experto" valorara si tengo derecho para usar el dominio.

Como mínimo resulta curioso el hecho de que se me adjudicara el mismo experto que en su dia ya dictaminó a favor de la empresa ORACLE IBERICA, y muy apropiadamente, dicho experto informó de ello y rechazó el caso. Resulta el caso este de que se le adjudique a la misma persona entre anecdotico y dubitativo, la poca organización al respecto de estas demandas, por no pensar en que el hecho fuera intencionado. Finalmente, se adjudicó al caso otro experto, el Sr. Marti Manent Gonzalez, de www.derecho.com ( algo curioso porque como veremos, no ha sido estrictamente licito como de alguien conocedor de la justicia cabría esperar).

La acusación

La parte demandante, en resumen para los visitantes, se basa en decir que tienen derechos privilegiados sobre la palabra oracle, y que no puedo usarla. Que mi fin es especulativo con la única intención la venta, y que estoy actuando de mala fe, como un mal especulador de dominios. Para ello, realizan una demanda en la que no paran de leerse falsedades y fallos importantes (creo que por intentar hacer un reciclado de demandas anteriores que han puesto).

La defensa

En mi defensa, y a modo de gran resumen, cabe exponer que mi intención no era la venta, que ORACLE es una palabra genérica de significado ORACULO (a ello dedicaba la página antes de publicar éste escrito), y que muchas las afirmaciones por la parte demandante son falsas y/o no demostrables.

Atendiendo un poco más a los puntos de la defensa, se ha de tener en cuenta las siguientes afirmaciones ya explicadas:
• Se trata de una palabra genérica, y en cumplimiento del reglamento, no debe ser inconveniente alguno el que sea un término de otro idioma.
• Se ha cumplido de pleno derecho el registro del dominio, estando yo capacitado para hacerlo, y dicho dominio de carácter público.
• Existe un interés legítimo de desarrollo del dominio, el cual comenzó desde el primer día de registro y está en proceso de construcción.
• No se está obteniendo ningún tipo de beneficio económico o de otra índole a través del sitio web.
• No existe ninguna posibilidad de confusión hacia los usuarios, debido a que el diseño y temática de la web es totalmente distinta a la ofertada por la empresa demandante, la web estaba dedicada a ORACULOS..
• No se incumple el derecho sobre ninguna marca, al no usar dicho termino en los campos bajo los que está registrada. ( Oracle no puede ser usada en el campo de la informatica por se rmarca registrada)
• No se trata de un término asociado a ninguna empresa, siendo éste desconocido para la gran mayoría del público de a pie, como demuestra su bajo número de clientes en España (6.600), no pudiendo ser el capital o similar valorados como nivel de popularidad. Ver caso WIPO dominio <>
• Demostración de legalidad en el término y dominio, gracias a sitios www.oracle.us , con servicio en el mismo país que la compañía Oracle Internacional Corporation, la cual tiene mucha mayor relevancia que la filial Oracle Iberica SRL.
• No existe mala fe, al no haber habido intención de chantaje o venta, como prueba el hecho de que nunca me puse en contacto con dicha empresa.
• No existe mala fe bajo un mal uso, nunca ha sido un dominio ofertado a competencia, usado para desacreditar a la empresa demandante, o hacer cualquier acto que pudiera perjudicar a dicha empresa.
• Ambigüedad y falta de veracidad en el testimonio de la parte demandante, con especial mención a la ocultación de información ya demostrada respecto anteriores procedimientos.
• Desinterés reiterativo por la parte demandante hacia el dominio, muestra de despreocupación y poca influencia en su negocio..

Decisión

Finalmente, la decisión ha sido que el dominio oracle.es vuelva a ORACLE IBERICA, sin tener en cuenta gran parte de la defensa la cual incluso no lo ha expuesto en su resolución; algunas cuestiones claras, y se ha invetado otras, lo que me parece sencillamente LAMENTABLE.

A modo de resumen os digo cuestiones críticas que han encaminado ésta mala resolución:

*ORACLE IBERCA no es la primera vez que recurre a estos métodos, mas veces ha caducado su dominio, demostrando un infimo interés en el mismo.

* ORACLE es una palabra genérica, aunque esta sea en inglés, esto no cambia su existencia como genérica.

* El experto se basa en pruebas NO demostradas, en las que por intuición cree que pueden ser veraces (Me refiero al hecho de la venta NO demostrada en SEDO).

* Para la decisión del dominio, ahora el experto se permite el lujo de valorar la calidad de un diseño web y futuro del mismo.

* Ignora y no expone las muchas MENTIRAS de la parte demandante, que he demostrado como tales en mi declaración.

*** Lo que me parece aun mas indignante, es que EL EXPERTO BUSQUE INFORMACIÓN POR SU CUENTA PARA FAVORECER A UNO DE LOS IMPLICADOS. (Sobre Euronews la información la buscó el mismo). Cuando un experto debe atenerse a la informacion facilitada por los participantes.

Razón

Con todo ello, quería informar a los usuarios de este dominio de la situación del mismo. Si bien no tengo derecho a valorar la profesionalidad de ninguna persona, es derecho de los usuarios y visitantes el estar informados sobre cuestiones de su interés, por lo que veo totalmente lícito y justo la información sobre éste caso. Como mucha gente de los "domainers" de la red conocen, creo que este sería un caso más de dominio donde ilícitamente se ha favorecido a la gran empresa respecto al usuario común, como el gran nivel de capitalismo que se tiene en los WIPO, donde son MUY pocos los profesionales que se atreven a dar un justo arbitraje.

Anexos

Anexo de la demanda por parte demandante: (Proximamente cuando compuebe si tengo derecho a dicha publicación).

Comentarios

Entradas populares de este blog

Como ganar al apalabrados, trucos, trampas... y algo mas.

Una semana en la vida de un DBA (aún vivo)...